Ayer por la mañana, en el barrio de Silwan de Jerusalén, cuatro niños fueron sacados de sus casas antes del amanecer. Solo uno de ellos tenía más de 15 años. La prensa internacional o la atención civil eran inexistentes. Dichos eventos y arrestos se han vuelto cada vez más comunes desde octubre de 2015, con flujos y reflujos en el número de arrestos dependiendo de los eventos actuales. Solo el mes pasado, después del anuncio de Trump, las fuerzas de ocupación israelí detuvieron cerca de 450 niños/as. Es seguro decir que la tendencia en arrestos de niños y niñas es claramente ascendente.
Las cifras de los niños encarcelados hablan por sí mismas. En diciembre de 2014, había 156 niños/as presos/as. Al final de 2015, la cifra había subido en más de 300% a 470. En diciembre de 2017, la cifra era de 350. Como tal, en los últimos tres años, hemos visto una duplicación efectiva de la cifra de los niños y niñas prisioneros/as.
Lo notable de este aumento es que no ha sido parte de un aumento correspondiente en la población carcelaria general. En diciembre de 2014, había un total de 6200 prisioneros detenidos en prisiones israelíes. Al final de 2015, la cifra era de 6800, lo que representa un aumento de mucho menos del 1% de la población carcelaria total. En diciembre de 2017, la población carcelaria era inferior a la de 2014, en 6171 presos.
Lo que debería ser visible a partir de este breve análisis de las cifras es que hemos visto en realidad una queda en la población carcelaria en general, sin embargo, hemos visto un gran aumento en el número de niños/as detenidos/as.
Por lo tanto, aunque el enfoque en Ahed Tamimi sea importante y su compromiso sea algo que todos deberíamos admirar, es esencial que haya un enfoque en la situación de todos nos niños en los territorios palestinos ocupados. El caso de Ahed Tamimi y su tratamiento no son excepcionales; son, desafortunadamente, la norma.
Addameer hace un llamamiento a la potencia ocupante para que cumpla con sus obligaciones en virtud de la Cuarta Convención de Ginebra con respecto a la atención especial que debe darse para satisfacer las necesidades de los niños y niñas entre la población protegida. Además, instamos la potencia ocupante a cumplir sus obligaciones internacionales en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño.